A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Osorno Luis Fernando·Respondent Empresas Varias De Medellin Sa Esp Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Veintinueve Administrativo del Circuito de Medellín.
Se presenta la controversia por causa de una demanda ordinaria laboral interpuesta por un ciudadano, en contra de Empresas Varias de Medellín S.A.
E.S.P. y la Fundación Universitaria de Antioquia, con el fin de que se declare que Empresas Varias ha sido el verdadero empleador del demandante y la Fundación un simple intermediario de la relación laboral que ha unido a las partes, por lo que solicita que se declare que el demandante tiene derecho al reconocimiento y pago de los valores y conceptos laborales e indemnizaciones a las que alude tener derecho, en escrito de demanda, y se declare a la Fundación solidariamente responsable del pago de dichas obligaciones laborales.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena refiere como precedente los Autos 252, 1150 de 2022, 314, 347, 636, 1686, 2579 de 2023, 674 de 2024 y adopta para la decisión, las consideraciones desarrolladas por la Corte en el Auto 1686 de 2023 que señala que para la resolución de los casos en los que se demanda una relación laboral encubierta con una entidad pública mediante alguna forma de intermediación, debe observarse la regla de vinculación de dicha entidad para poder determinar la competencia sobre el asunto, lo anterior, siempre y cuando, prima facie, dicha vinculación no sea desvirtuada, independientemente de la naturaleza jurídica de las empresas o entidades que fungieron presuntamente como intermediarias en la contratación laboral.
La Sala resuelve con la regla según la cual, la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Laboral, es la competente para conocer las demandas en las que se pretende la declaratoria de existencia de una relación laboral con una entidad pública a la que la parte demandante aduce haberle prestado servicios personales, a través de un vínculo formal con una empresa, sociedad o entidad que presuntamente habría actuado como simple intermediaria, cuando quiera que la demandada es una entidad cuya regla general de vinculación de personal es la de trabajador oficial.
Esto, siempre y cuando del expediente no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial y al Juzgado Veintinueve Administrativo del Circuito de Medellín.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones presentado entre el Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Veintinueve Administrativo del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por el señor Luis Fernando Osorno en contra de Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P. y la Fundación Universitaria de Antioquia.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5438 al Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial y al Juzgado Veintinueve Administrativo del Circuito de Medellín.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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